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El TSJ de Canarias revoca absolución por agresión sexual y ordena nuevo juicio

Por Redacción
viernes 10 de octubre de 2025, 13:13h

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha anulado la absolución por agresión sexual de un vecino de San Cristóbal de La Laguna, dictada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. El tribunal considera que el criterio del fiscal es más ajustado y ordena una nueva sentencia. Los hechos se remontan a diciembre de 2023, cuando el acusado agredió a su exmujer en un contexto de celos y violencia. La Audiencia había condenado al hombre por maltrato, pero lo absolvió del delito de agresión sexual, decisión que ahora se revoca al considerar que hubo intención sexual en sus acciones. Esta resolución destaca la importancia de garantizar la justicia en casos de violencia de género y agresiones sexuales.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha tomado la decisión de anular la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que el pasado 12 de febrero absolvió a un vecino de San Cristóbal de La Laguna del delito de agresión sexual, aunque lo condenó por otros delitos. Esta medida se produce tras la aceptación del recurso presentado por el fiscal.

La Sala de apelación ha ordenado que se dicte una nueva sentencia “con plena libertad de criterio”. El TSJC considera que el razonamiento del fiscal es más ajustado al caso que el utilizado por la Sala en cuanto a la valoración de los hechos probados.

Análisis del caso

En su resolución, el tribunal acepta el relato presentado en la sentencia original. Se establece que el acusado y la denunciante habían estado casados durante aproximadamente 20 años y que, a finales de 2023, habían terminado su relación sentimental, aunque continuaban viviendo juntos en su hogar familiar, distribuidos entre la planta superior e inferior. En ese momento, tenían dos hijos, de 13 y 16 años.

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 2 de diciembre de 2023, cuando el procesado regresó a casa tras haber consumido alcohol. Según se detalla en el fallo anulado, entró en la habitación donde dormía su exmujer y comenzó a gritarle sobre un supuesto amante presente en la casa. Durante este episodio, retiró violentamente las cobijas y agredió físicamente a su expareja, causando un hematoma significativo en su muslo derecho mientras intentaba tocarla por encima del pijama a pesar de sus súplicas para que se detuviera.

Intervención familiar y consecuencias

El relato judicial también menciona que uno de los hijos alertó sobre los gritos provenientes del dormitorio. En respuesta a esta situación, el acusado golpeó al niño con una bofetada. Para proteger a su hijo y detener las agresiones del padre, la mujer accedió a salir con él en su vehículo. Sin embargo, al llegar a una rotonda frente a un cuartel de la Guardia Civil, ella decidió lanzarse del coche en movimiento, resultando con heridas que tardaron diez días en sanar.

A pesar de las circunstancias descritas, la Audiencia había condenado al acusado por maltrato dentro del ámbito de violencia de género y doméstica, imponiéndole penas de prisión; sin embargo, lo absolvió del cargo de agresión sexual. La justificación fue que no existió intención libidinosa en los actos cometidos.

Revisión del TSJC

El TSJC discrepa en este punto específico y sostiene que sí hay indicios claros de un ataque contra la libertad sexual. Según argumenta el tribunal: “Se encuentra inmerso en un clima de celos” y refleja una falta total de autocontrol bajo influencia del alcohol. La frase utilizada por el acusado antes de agredir a su exmujer indica una clara intención sexual detrás del acto.

Asimismo, el TSJC recuerda que conforme a las reformas introducidas por la Ley 41/2015 sobre la Ley de Enjuiciamiento Criminal —destinadas a agilizar los procesos penales— no puede condenar al acusado ni agravar sentencias ya dictadas; sin embargo, tiene la facultad para anularlas y remitir nuevamente las actuaciones al órgano correspondiente para una nueva evaluación.

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