Las nuevas medidas destinadas a mejorar la compatibilidad de la pensión con el trabajo, aprobadas por el Consejo de Ministros a través del Real Decreto-ley 11/2024, entrarán en vigor el próximo martes 1 de abril. Esta regulación fue acordada en la Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social y Pensiones y busca facilitar un tránsito más flexible hacia la jubilación.
Con esta iniciativa, se introducen cambios significativos en la jubilación activa, demorada y parcial, alineándose así con las prácticas de otros países europeos. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha declarado que estas medidas están diseñadas para ofrecer a los trabajadores una transición a la jubilación que se adapte a sus diversas circunstancias personales.
Mejoras en la jubilación activa
Uno de los aspectos más destacados es la eliminación del requisito de tener una carrera de cotización completa para acceder a la jubilación activa. Este cambio es especialmente relevante desde una perspectiva de género, ya que favorece a aquellos colectivos con trayectorias laborales más cortas e intermitentes, como es el caso de muchas mujeres debido al cuidado familiar.
La jubilación activa permite compatibilizar durante un periodo determinado el trabajo y la pensión tras alcanzar la situación de jubilación. Además, cada año que se combine trabajo y pensión incrementará el porcentaje aplicable a la prestación. Por ejemplo, si se demora un año, el porcentaje será del 45%; si son dos años, del 55%; tres años, del 65%; cuatro años, del 80%; y si se espera cinco o más años, se podrá percibir hasta el 100% de la pensión.
Incentivos adicionales para la jubilación demorada
La nueva regulación también introduce mejoras en la jubilación demorada al permitir recibir un incentivo adicional del 2% por cada seis meses de demora a partir del segundo año. Desde 2022, los incentivos para quienes opten por retrasar su jubilación han sido ampliados con tres opciones: un incremento del 4% por cada año de demora; un “cheque” anual cuyo monto depende de la base reguladora; o una combinación de ambas alternativas.
Asimismo, se implementan cambios en las condiciones para acceder a la jubilación parcial. Ahora se amplía el período para anticipar el acceso a esta modalidad de dos a tres años, aunque con ajustes en la reducción horaria necesaria. También se mejoran las condiciones para el trabajador relevista, quien deberá ser contratado indefinidamente y a tiempo completo.
Acceso y consultas
Los ciudadanos interesados en acogerse a estas modalidades podrán realizar su solicitud mediante los canales disponibles del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), tanto presencialmente como telemáticamente. Para más información o consultas, pueden comunicarse con el servicio telefónico del INSS o solicitar cita previa.
Estas reformas forman parte del marco establecido por el Pacto de Toledo y buscan acercar efectivamente la edad real de jubilación a la edad legal ordinaria, ofreciendo así un abanico más amplio de opciones para los trabajadores al momento de jubilarse.