El pasado mes de mayo, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 impuso a Airbnb el bloqueo de más de 65.000 anuncios ilegales de viviendas turísticas alojados en su plataforma, al considerarlos ilícitos por contravenir la normativa sobre la publicidad de este tipo de alojamientos turísticos.
En todos los casos, se trataba de viviendas completas de uso turístico, no anuncios de habitaciones individuales. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por su parte, el pasado 20 de junio, imponía en un auto la retirada de casi 6.000 anuncios.
Ahora, Airbnb deberá retirar aquellos anuncios que presenten irregularidades en el registro nacional. En estos casos, la plataforma notificará previamente a los anfitriones, ofreciéndoles un plazo para subsanar los defectos antes de proceder a la retirada definitiva, salvo si se deriva de una revocación de número de registro estatal, en cuyo caso se producirá en 48 horas desde la notificación del Ministerio.
El registro único de arrendamientos de alquileres turísticos y de temporada, fruto del Real Decreto 1312/2024 por el que se crea la ventanilla única digital, implantó su obligado cumplimiento desde el pasado 1 de julio, tras seis meses desde su entrada en vigor a principios de año.
Esta normativa es consecuencia del Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, que es directamente aplicable en los Estados Miembros, estableciendo un sistema de regulación de los arrendamientos de viviendas amuebladas de corta duración.