Las políticas públicas y ordenación de la actividad de la Administración Publica deben cumplir con los principios Constitucionales de necesidad, eficacia y eficiencia en la actividad pública.
Lejos de conseguir estos objetivos, los empleados públicos de la Administración General de la CAC venimos sufriendo desde hace tiempo la desgana e incompetencia de unos cargos públicos para dirigir y gestionar los recursos materiales, económicos y humanos, y que por el contrario dificultan y obstaculizan el funcionamiento de la actividad pública y una atención al ciudadano de calidad.
Ejemplo de la incapacidad de planificación, programación, gestión y dirección son los innumerables procedimientos sin abordar ni resolver, situación que se ha venido denunciando por INTERSINDICAL CANARIA durante los últimos meses, exigiendo a la administración el cumplimiento de las normas y plazos que garanticen el buen funcionamiento de la Administración Pública y que ello repercuta en una mejora de la atención al ciudadano que cubra sus necesidades y expectativas.
DENUNCIAS EN LA GESTIÓN DE
CONCURSO DE TRASLADOS: Es importante recordar que durante más de catorce años la Administración negó el derecho del personal funcionario a participar en concurso de traslados, este procedimiento, además de ser un derecho de todas las personas trabajadoras como parte de su carrera profesional, en el caso del personal de la función pública, garantiza que los puestos de trabajo estén ocupados por quienes cuentan con mejor cualificación.
Finalmente se cumple con el mandato legal producto de la reivindicación y larga lucha de los/as funcionarios/as públicos, aunque sin valoración de méritos no grabados en SIRHUS, con la justificación de dotar de agilidad al proceso, para ello la Administración crea un aplicativo web con el fin de gestionar las solicitudes y crear un informe automático “de aptitud” que permitiera conocer las incidencias si las hubiera.
A pesar de ello hoy contemplamos perplejos como un trámite supuestamente automatizado, “dotado de agilidad” como es la generación de la lista provisional de incluidos/as y excluidos/as, hace ya tres meses que debería haberse publicado, sin justificar el retraso, postergando así la resolución del concurso.
Desde Intersindical Canaria seguimos recordando la prioridad y urgencia en la gestión de este procedimiento, instando a la Dirección General de la Función Pública que destine los recursos necesarios para la tramitación y resolución del procedimiento en los plazos establecidos.
PROCESOS SELECTIVOS: Incompetencia de la Administración para resolver procesos selectivos dilatando en el tiempo convocatorias durante más de cinco años, enquistando un problema que va más allá de la adjudicación de plazas, ya que retrasa la creación de listas de sustituciones para cubrir necesidades de personal y provocando la publicación de otras sin las suficientes garantías de mérito y capacidad para el acceso a la Función Pública.
Hablamos de la convocatoria de los procesos selectivos de grupos C1 y C2 de promoción interna y promoción libre en el año 2016, pendientes de resolución, y la publicación de unas listas complementarias actualmente en vigor con una dudosa base legal.
A esto debemos añadir la incapacidad de la Administración para implementar un sistema que permita dar seguridad jurídica y transparencia al funcionamiento de las listas vigentes, sin publicarse en la web de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia e Igualdad información actualizada de las listas de empleo vigente, imposibilitando conocer el puesto que cada integrante ocupa en la actualidad ni si se están respetando las condiciones recogidas en la Ley 12/2014 de transparencia y acceso a la información pública, como el orden de prelación.
Desde Intersindical Canaria hemos venido exigiendo el cumplimiento de la normativa, así como del desarrollo efectivo de los derechos de igualdad, los principios de transparencia y buen gobierno, instando a la Administración Canaria, y a la Dirección General de la Función Pública, como órgano competente, adopte todas las medidas necesarias para reparar el perjuicio constante a las trabajadoras y trabajadores públicos
TELETRABAJO: Hace más de un año que se vulnera el derecho del trabajador a acogerse a la modalidad de teletrabajo para la prestación del servicio recogido en La Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Si algo nos ha enseñado la pandemia es que la herramienta del trabajo a distancia o Teletrabajo, es lo que ha salvado la situación. El personal público canario ha demostrado de sobra su implicación para desarrollar sin apenas tiempo las capacidades necesarias para llevarlo a cabo y poder mantener la calidad en la prestación de servicios esenciales tan necesarios como en las áreas asistenciales de derechos sociales, empleo, sanitario y hasta educativo. Siempre de modo compatible con los servicios presenciales, garantizando el mejor servicio público.
El teletrabajo ayuda a lograr una disminución de los desplazamientos y de la huella de carbono así como a reducir los accidentes en tránsito, entre otras cuestiones.
Hace más de un año que la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias (AGCAC) debería haber publicado una norma legal para la regulación de esta modalidad de trabajo cumpliendo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre.
El retraso en la tramitación y publicación de la norma reguladora del teletrabajo en nuestra Comunidad autónoma vulnerando los derechos del trabajador no tiene justificación alguna, ya que el grupo de trabajo creado entre la AGCAC y las organizaciones sindicales más representativas en este ámbito para trabajar en el tema, hace ya más de dos meses que presentó un borrador de texto articulado para regular esta forma de organización del trabajo, sin que la Administración se haya molestado en continuar con los trámites necesarios para su aprobación y entrada en vigor.
Una vez más los responsables de la gestión pública obstaculizan el buen funcionamiento de la administración pública vulneran los derechos de los Empleados Públicos poniendo de manifiesto su incompetencia para gestionar y mejorar los servicios públicos con eficacia y eficiencia.
Y por último no podemos olvidar el derecho a la CARRERA PROFESIONAL y promoción interna de los empleados públicos reconocido ya en el articulo 16 de Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y actualmente en el art.14c del Real Decreto legislativo 5/2015.
Es competencia de las Administraciones públicas establecer los sistemas objetivos y transparentes que permitan la evaluación del desempeño de sus empleados, mediante procedimientos que permitan medir y valorar la conducta profesional y el rendimiento o el logro de resultados.
Los empleados públicos de Canarias siguen esperando desde el 2007 al desarrollo normativo desde la Dirección General de la Función Pública, que permita el reconocimiento de este derecho.
Hace más de un año que la actual administración se comprometió a formar un grupo de trabajo para abordar y desarrollar la carrera y promoción horizontal y la creación del nuevo GRUPO B objeto de la iniciativa de reforma legislativa en el 2020 de la Ley de Función Pública Canaria.
La justificación de la administración por la que no se han cumplido con los objetivos establecidos es la carencia de medios, lo cual parece más bien una excusa que un motivo, poniendo una vez más de manifiesto su incompetencia para llevar a cabo sus cometidos.
No debemos olvidar que la gestión y dirección en la Administración exige que junto a la programación sectorial de las políticas, se realice una planificación de los recursos y capacidades, asunto que no parece tener en cuenta esta administración.
Intersindical Canaria denuncia una vez más la mala praxis instalada actualmente en la Administración Pública Canaria, donde impera la ley del “todo vale”, lo cual repercute en un funcionamiento deficiente de la Administración Pública Canaria y la atención al ciudadano, lejos de conseguir el objetivo último de CALIDAD.
Intersindical Canaria trabaja siempre en defensa de los Derechos de los trabajadores y unos Servicios Públicos de calidad que cumplan con las necesidades y expectativas de los ciudadanos.