Mientras todos estamos inmersos en la vorágine informativa que genera esta nueva Era política, obsesionados con las novedades que cada hora aportan los recién llegados a la geografía parlamentaria, los bancos y las compañías aseguradoras continúan ganando ventaja. Nadie se está fijando en ellos ahora, y claro, campan a sus anchas.
La última reforma del Código Penal es un ejemplo de ello. Su entrada en vigor supone, entre otros muchos contenidos, una nueva victoria para las aseguradoras en temas relacionados con el pago de indemnizaciones por accidentes de tráfico. Hasta ahora, cualquier persona implicada en un siniestro, podía optar entre interponer denuncia ante la Jurisdicción Penal, o bien acudir a la vía civil interponiendo demanda. La primera vía resultaba mucho más rápida para la resolución del conflicto, y además más barata para el ciudadano.
La reforma del Código Penal ha eliminado tal posibilidad, para la mayoría de accidentes de tráfico, con la excusa, de evitar la excesiva acumulación de “asuntos menores” en los Juzgados de Instrucción. Pues miren ustedes,Señores legisladores, para mi no es un asunto menor tener cualquier día de estos un accidente que me obligue a dejar el coche en un taller, casi inservible o recuperable me da igual, y a cojear o llevar collarín durante menos. Para ustedes será “un asunto menor” y sin importancia, pero para mi, y creo que para el resto de los mortales, el derecho a cobrar la indemnización que por Derecho me corresponde, de una compañía de seguros que me sangra sin piedad cada año, es un asunto de Estado.
Con este cambio normativo aumentan considerablemente los costes porque es necesario contratar abogado, procurador y casi siempre, un perito que valore los daños sufridos y sea el contrapunto del informe pericial que presentara la compañía aseguradora sin piedad, nuevamente, alguna. Son muchas las ocasiones en las que las compañías agotan hasta el límite los cauces procesales para evitar, o para dilatar, el pago de indemnizaciones que saben que van a terminar pagando.
Antes de la Reforma del Código Penal, uno podía arriesgarse a interponer denuncia porque no había condena en costas y porque el Forense hacía un parte de lesiones que tenía coste cero para el ciudadano. Ahora el informe se lo tiene que pagar el interesado, y corre el riesgo de perder en costas o no ganarlas incluso.
Gran favor les han hecho a las compañías aseguradoras que debían llevar años apretando las tuercas para conseguir, con la excusa infumable, repito, de descongestionar los juzgados de instrucción. Si quieren descongestionar los juzgados de instrucción que comiencen a imponer costas a todos aquellos denunciantes de políticos que al final son absueltos o ven archivada su causa. Es decir a todos los que están utilizando la justicia para hacer política de forma descarada. Pero que no se descongestionen más los Juzgados a costas de los de siempre, de los ciudadanos de a pie que somos los más necesitados de Justicia.