La justicia vuelve a dar la razón a los que siempre la han tenido, a los vecinos del pueblo de Corralejo. En este caso, el Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Puerto del Rosario, D. José Manuel Salto Martín, considera, tras haberse presentado demanda por el Letrado don Sebastián Socorro Perdomo, del despacho SOCORROLEY & Asociados, que la familia Calero Santana es y siempre ha sido la legítima propietaria de la vivienda sita en la calle La Iglesia 25, del Casco histórico de Corralejo.
Se trata de una de las casas más emblemáticas del casco viejo de Corralejo, conocida como LA CASA DE LA PARTERA, en donde residió Dª. María Santana Figueroa, vecina natal que colaboró y participó en el nacimiento de muchísimos habitantes del pueblo de Corralejo, y que según consta en el expediente judicial se acredita la posesión, al menos desde 1918, es decir hace un siglo.
Tan encomiable fue la labor social de Dª María Santana que el propio Ayuntamiento de la Oliva le puso, en su recuerdo, el nombre a una de sus calles, la que daba a su casa, existiendo, desde hace muchas décadas, una placa conmemorativa en la fachada de su vivienda en la que reza «en esta casa vivió doña María Santana Figueroa a quien las madres e hijos de Corralejo agradecen su ayuda, atención y cariño en ese momento tan hermoso como es el alumbramiento de un recién nacido por lo que merecería el título de MADRE DE CORRALEJO».
El juez considera que tanto el Sr. JIMÉNEZ DEL VALLE como la entidad financiera CAJA DE AHORROS DE GALICIA no actuaron de buena fe en la operación comercial llevada a cabo con el inmueble de los vecinos del pueblo. En cuanto al empresario majorero, el juez apunta, como en otras innumerables Sentencias, que no actuó con buena fe, al tener pleno conocimiento de que la propiedad de la familia Calero Morera, al igual que otras muchas, dentro del casco histórico de Corralejo, tenía dueño y así todo la hipotecó como si fuera suya.
Sobre la CAJA DE AHORROS DE GALICIA (actualmente NCG BANCO, S.A.), entidad que ostenta la titularidad de un derecho real de hipoteca sobre la casa de los vecinos Calero Santana, la sentencia recoge que «la entidad bancaria tenía sucursal en la localidad de CORRALEJO, debiendo por tanto sus empleados conocer la situación que se estaba produciendo en la localidad de CORRALEJO con las casas situadas en el casco viejo (se aportan con la demanda numerosos recortes de periódicos que recogen tal noticia). Por lo tanto, bastaba una mera consulta a los empleados de la sucursal de CORRALEJO de la entidad demandada para conocer la posible problemática existente en relación con la vivienda hipotecada. Otro dato relevante, es que en la escritura de constitución de la hipoteca, de fecha 31 de junio de 2010, y aportada a las actuaciones, se recoge que los comparecientes no pueden acreditar la referencia catastral recogida en la escritura; bastaba pedir la certificación catastral de la finca objeto del presente procedimiento, para comprobar que el titular catastral de la misma era MANUEL CALERO SANTANA.»
Por ello, el juez no considera a la entidad CAJA DE AHORROS DE GALICIA (actualmente NCG BANCO, S.A.) tercero de buena, por lo que acuerda anular la hipoteca concertada con la Entidad, ordenando al Registro de la Propiedad cancelar cualquier inscripción en tal sentido.
MODUS OPERANDI
JOSÉ MANUEL JIMÉNEZ DEL VALLE., como así lo había hecho con más de sesenta y cinco (65) propiedades de otros vecinos del pueblo, a través de la mercantil DELVAL INTERNACIONAL, S.A. solicitó en el año 2009 al Ayuntamiento de La Oliva licencia de segregación de la «casa de la partera», como si de un solar se tratase y como si fuere suya.
Dicha licencia la obtuvo por silencio administrativo, al no ser contestada en tiempo por la Corporación Local, aprovechando, en ese momento, el Sr. Del Valle para rápidamente inscribirla en el Registro de la Propiedad a nombre de una de sus empresas, a espaldas, claro está, de sus legítimos propietarios, para posteriormente, con el objeto de perjudicar a éstos, ofrecer la misma en garantía para la concesión de un préstamo a una tercera Entidad, EJERCICIO Y DEPORTES, S.L., administrada por el empresario madrileño, D. ÁNGEL LÓPEZ SÁNCHEZ, en paradero desconocido, con la que no guardaba relación alguna, dedicada a la explotación de un gimnasio en Madrid, otorgado por la CAJA DE AHORROS DE GALICIA por importe de ciento ochenta y cuatro mil euros (184.000,00 €), préstamo que, como ya ha sucedido con otras casas también hipotecadas, se dejó de pagar y el Banco se la quedó.
Dicha operación urbanística de la que el Sr. Del Valle no sabe precisar si obtuvo algún rendimiento económico, fue realizada con posterioridad a la denuncia que interpus los vecinos de Corralejo ante la Fiscalía Anticorrupción, ante el Fiscal Jefe Provincial y ante los Juzgados del Puerto del Rosario el pasado 6 de marzo del 2009.
Denuncia del pueblo por un presunto delito de estafa continuado.
Recordar que el Juzgado de Instrucción nº 2 de Puerto del Rosario, tras haberle tomado, en su día, declaración a D. José Manuel Jiménez del Valle por la denuncia interpuesta el 6 de marzo de 2009, por el pueblo de Corralejo, imputó al Administrador Único de las Sociedades DELVAL INTERNACIONAL, S.A. y SINCRONÍA 99, S.L., DON JOSÉ MANUEL JIMÉNEZ DEL VALLE, por un presunto delito de estafa continuado, tal como fue apuntado previamente por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, toda vez que vendió a Sociedades y a particulares varias casas que comprendían el casco viejo de Corralejo, a sabiendas que los legítimos propietarios de ellas eran los vecinos del pueblo, los cuales habitaban sus moradas desde hacía más de un siglo. Los hechos denunciados tras la instrucción llevada por el Juzgado han sido calificados como delito de estafa, por lo que se ha presentado escrito de acusación por el pueblo entero de Corralejo pidiéndole nueve años de cárcel.
Resultados judiciales
Hasta el momento se han dictado CIENTO CATORCE (114) resoluciones judiciales favorables a los vecinos del pueblo marinero de Corralejo, siendo el detalle por Tribunal el siguiente:
- Juzgado de Primera Instancia de Puerto del Rosario: cincuenta y tres (53).
- Audiencia Provincial de Las Palmas: cuarenta y dos (42).
- Tribunal Supremo: Diecinueve (19).
TODOS estos resultados judiciales pueden ser consultados en la dirección www.cascoviejodecorralejo.com