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Críticas a la cesión de derechos en iniciativa cultural local

viernes 07 de noviembre de 2025, 19:33h
Por Mesa Sectorial del Arte Contemporáneo de Canarias

A la atención de la Sociedad de Desarrollo de Santa Cruz de Tenerife, al equipo de

la iniciativa “Creadores Canarios con el Comercio Local” y al Exco. Sr. Alcalde José

Manuel Bermúdez

Estimadas y estimados señores y señoras:

Desde la Mesa Sectorial del Arte Contemporáneo de Canarias, nos dirigimos a

ustedes respecto a las bases de la convocatoria “Creadores Canarios con el

Comercio Local” publicada por su entidad recientemente, dentro de su “Plan de

comercio Rambla y Salamanca” proyecto de reactivación de locales comerciales.

Tras un análisis colectivo los/as representantes de esta mesa, consideramos que la

convocatoria presenta aspectos que requieren clarificación, mejora o

modificaciones con el fin de ajustar la iniciativa a las buenas prácticas

profesionales del sector de las artes visuales comtemporaneas (aportamos el

enlace donde pueden leer el manual de buenas prácticas):

https://unionac.es/wp-content/uploads/2018/12/manual_buenas_practicas-baja.pdf

> A continuación enumeramos los aspectos concretos que nos preocupan:

Remuneración y contraprestación

Nos consta que la convocatoria solo contempla un único premio de 1.000 € a la

mejor propuesta seleccionada, sin que se especifique claramente una

remuneración para el resto de participantes seleccionados por el trabajo de

diseño, desarrollo y colaboración técnica. La “visibilización profesional” incluida

como beneficio no debe sustituir la contraprestación económica por el trabajo

artístico, según normas sectoriales de buenas prácticas. La remuneraciónmsac.canarias@gmail.com

económica del artista debe hacerse efectiva por el trabajo o los servicios

prestados.

Costes de producción, implementación y mantenimiento

Las bases exigen “intervenciones técnicas, en exteriores, con materiales

duraderos, superficie mínima de 2 m²

, legibilidad desde 5 m y duración de al

menos 6 meses”

. No queda explícito quién asume los costes de materiales,

transporte, montaje, mantenimiento o reposición de piezas que puedan resultar

dañadas. Es necesario que quede claro en las bases o en el contrato que estos

costes no recaerán íntegramente sobre la persona/colectivo artístico. Y en su caso,

se le retribuirá económicamente por ello.

Cesión de derechos de explotación

La cláusula de cesión prevé que “el autor ceda los derechos de explotación a la

entidad convocante para ámbito mundial y por todo el tiempo que la legislación

lo permita”

. Si bien comprendemos la necesidad de difusión institucional del

proyecto, esta cesión es excesivamente amplia si no se acompaña de una

remuneración acorde o de condiciones de uso claras y limitadas. La cesión de

derechos tiene un uso concreto, temporal y limitado en el ámbito

geográfico/temporal, teniéndose que remunerar adicionalmente en caso de

explotación más allá del proyecto para el que está realizado. Las buenas prácticas

exigen que los autores conserven sus derechos morales y que la cesión de

derechos patrimoniales sea negociada, proporcional y explícita.

Transparencia en la selección y gestión del proyecto

Valoramos positivamente que la convocatoria incluya criterios de selección bien

descritos (cláusula 5). No obstante, dado que la implementación técnica de las

obras quedará en manos de la empresa adjudicataria, convendría que se

especifique la relación contractual entre artista (empresa adjudicataria)

organización convocante, los plazos, responsabilidades y quién asume qué tareas

(montaje, ajustes, mantenimiento, etc). Siendo también relevante que el procesomsac.canarias@gmail.com

de selección tenga una total transparencia y teniendo una equidad a la hora de la

participación de artistas.

Indemnidad y asunción de riesgos

Las bases obligan a las personas participantes a eximir de responsabilidad a la

organización y la empresa adjudicataria (cláusula 12). Consideramos que esta

disposición está desequilibrada en detrimento de los y las artistas y debería

equilibrarse. La carga de responsabilidad por reclamaciones, daños o

mantenimiento no debe recaer exclusivamente en el creador si no están

asumidos previamente los costes o condiciones.

En atención a los puntos anteriores, y atendiendo a los principios de igualdad,

transparencia y calidad institucional, desde la MSACC solicitamos que se revise la

convocatoria para introducir al menos las siguientes mejoras o aclaraciones:

Que se especifique claramente el honorario mínimo para cada uno de los

10 seleccionados (o al menos que se establezca un criterio o baremo justo

de remuneración).

Que se aclaren los costes que asumirán los y las artistas y los que asumirá la

empresa/organización, o que se proporcione un presupuesto mínimo para

cubrir materiales, montaje, mantenimiento.

Que la cesión de derechos se ajuste a un uso concreto, temporal y limitado

en ámbito geográfico/temporal, o bien que se ofrezca una remuneración

adicional en caso de explotación más allá del proyecto.

Que se detalle la relación contractual, responsabilidades y mantenimiento

de las obras, así como los plazos precisos, para asegurar que los y las

artistas no queden expuestos a riesgos imprevistos.msac.canarias@gmail.com

Que la cláusula de exención de responsabilidad se modere para que no

recaiga de forma absoluta sobre las personas participantes.

Que se indique la composición del comité de selección, debiendo contar

con representantes del sector artístico y cultural organizado a través de las

asociaciones existentes e incluir en todo caso a la Mesa Sectorial MSACC.

Que se tenga en cuenta la singularidad de la actividad creativa y la

individualidad de numerosos agentes culturales, evitando la consideración

de la creación como una actividad económica productiva, pues no todo el

sector tiene carácter empresarial o puede encuadrarse dentro de las

industrias culturales y creativas.

Que en futuras ocasiones se cuente con el sector para asesorar y participar

en la redacción de las bases de convocatorias orientadas a la promoción de

aspectos que redunden en un mayor bienestar de la sociedad canaria,

teniendo presente que la cultura no solo contribuye a dicho bienestar, sino

que el acceso al arte y a la cultura es un derecho ciudadano que debemos

garantizar.

Que se use el lenguaje inclusivo en toda la redacción de las bases, dado

que se utiliza el masculino genérico en todo el texto. Esto hará que el texto

se adecúe a las recomendaciones sobre la comunicación inclusiva y

además transmitirá la idea de que la convocatoria esta abierta y dirigida a

todas las personas en igualdad de condiciones.

Que ese incorpore de forma expresa el criterio de equilibrio entre hombres

y mujeres en la composición del comité de selección, de acuerdo con los

estándares habituales en materia de igualdad en la administración pública

y en las políticas culturales. Esto garantizará la pluralidad de miradas en la

valoración de las propuestas artísticas y evitará sesgos de género.msac.canarias@gmail.com

Confiamos en que esta iniciativa puede suponer una buena oportunidad para los

y las creadoras de Canarias y para la dinamización del comercio local y del entorno

urbano. Sin embargo, consideramos que para que sea realmente equitativa y

respetuosa con la profesionalización del sector y su ecosistema , las condiciones

deben adaptarse al nivel de exigencia técnica, creativa y de responsabilidad que

se pide a las personas participantes.

Agradecemos de antemano su atención a nuestras observaciones y quedamos a

su disposición para colaborar en la mejora de estas bases si así lo consideran

oportuno.

Atentamente,

La Mesa Sectorial del Arte Contemporáneo de Canarias, compuesta por:

Mujeres en las Artes Visuales (MAV)

Marca Púrpura (Asociación de Mujeres Arquitectas)

ArteMisia

Instituto de Arte Contemporáneo Canarias (IACC)

Asociación Islas Canarias de Artistas Visuales (AICAV)

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