A la atención de la Sociedad de Desarrollo de Santa Cruz de Tenerife, al equipo de
la iniciativa “Creadores Canarios con el Comercio Local” y al Exco. Sr. Alcalde José
Manuel Bermúdez
Estimadas y estimados señores y señoras:
Desde la Mesa Sectorial del Arte Contemporáneo de Canarias, nos dirigimos a
ustedes respecto a las bases de la convocatoria “Creadores Canarios con el
Comercio Local” publicada por su entidad recientemente, dentro de su “Plan de
comercio Rambla y Salamanca” proyecto de reactivación de locales comerciales.
Tras un análisis colectivo los/as representantes de esta mesa, consideramos que la
convocatoria presenta aspectos que requieren clarificación, mejora o
modificaciones con el fin de ajustar la iniciativa a las buenas prácticas
profesionales del sector de las artes visuales comtemporaneas (aportamos el
enlace donde pueden leer el manual de buenas prácticas):
https://unionac.es/wp-content/uploads/2018/12/manual_buenas_practicas-baja.pdf
> A continuación enumeramos los aspectos concretos que nos preocupan:
Remuneración y contraprestación
Nos consta que la convocatoria solo contempla un único premio de 1.000 € a la
mejor propuesta seleccionada, sin que se especifique claramente una
remuneración para el resto de participantes seleccionados por el trabajo de
diseño, desarrollo y colaboración técnica. La “visibilización profesional” incluida
como beneficio no debe sustituir la contraprestación económica por el trabajo
artístico, según normas sectoriales de buenas prácticas. La remuneraciónmsac.canarias@gmail.com
económica del artista debe hacerse efectiva por el trabajo o los servicios
prestados.
Costes de producción, implementación y mantenimiento
Las bases exigen “intervenciones técnicas, en exteriores, con materiales
duraderos, superficie mínima de 2 m²
, legibilidad desde 5 m y duración de al
menos 6 meses”
. No queda explícito quién asume los costes de materiales,
transporte, montaje, mantenimiento o reposición de piezas que puedan resultar
dañadas. Es necesario que quede claro en las bases o en el contrato que estos
costes no recaerán íntegramente sobre la persona/colectivo artístico. Y en su caso,
se le retribuirá económicamente por ello.
Cesión de derechos de explotación
La cláusula de cesión prevé que “el autor ceda los derechos de explotación a la
entidad convocante para ámbito mundial y por todo el tiempo que la legislación
lo permita”
. Si bien comprendemos la necesidad de difusión institucional del
proyecto, esta cesión es excesivamente amplia si no se acompaña de una
remuneración acorde o de condiciones de uso claras y limitadas. La cesión de
derechos tiene un uso concreto, temporal y limitado en el ámbito
geográfico/temporal, teniéndose que remunerar adicionalmente en caso de
explotación más allá del proyecto para el que está realizado. Las buenas prácticas
exigen que los autores conserven sus derechos morales y que la cesión de
derechos patrimoniales sea negociada, proporcional y explícita.
Transparencia en la selección y gestión del proyecto
Valoramos positivamente que la convocatoria incluya criterios de selección bien
descritos (cláusula 5). No obstante, dado que la implementación técnica de las
obras quedará en manos de la empresa adjudicataria, convendría que se
especifique la relación contractual entre artista (empresa adjudicataria)
organización convocante, los plazos, responsabilidades y quién asume qué tareas
(montaje, ajustes, mantenimiento, etc). Siendo también relevante que el procesomsac.canarias@gmail.com
de selección tenga una total transparencia y teniendo una equidad a la hora de la
participación de artistas.
Indemnidad y asunción de riesgos
Las bases obligan a las personas participantes a eximir de responsabilidad a la
organización y la empresa adjudicataria (cláusula 12). Consideramos que esta
disposición está desequilibrada en detrimento de los y las artistas y debería
equilibrarse. La carga de responsabilidad por reclamaciones, daños o
mantenimiento no debe recaer exclusivamente en el creador si no están
asumidos previamente los costes o condiciones.
En atención a los puntos anteriores, y atendiendo a los principios de igualdad,
transparencia y calidad institucional, desde la MSACC solicitamos que se revise la
convocatoria para introducir al menos las siguientes mejoras o aclaraciones:
●
Que se especifique claramente el honorario mínimo para cada uno de los
10 seleccionados (o al menos que se establezca un criterio o baremo justo
de remuneración).
●
Que se aclaren los costes que asumirán los y las artistas y los que asumirá la
empresa/organización, o que se proporcione un presupuesto mínimo para
cubrir materiales, montaje, mantenimiento.
●
Que la cesión de derechos se ajuste a un uso concreto, temporal y limitado
en ámbito geográfico/temporal, o bien que se ofrezca una remuneración
adicional en caso de explotación más allá del proyecto.
●
Que se detalle la relación contractual, responsabilidades y mantenimiento
de las obras, así como los plazos precisos, para asegurar que los y las
artistas no queden expuestos a riesgos imprevistos.msac.canarias@gmail.com
●
Que la cláusula de exención de responsabilidad se modere para que no
recaiga de forma absoluta sobre las personas participantes.
●
Que se indique la composición del comité de selección, debiendo contar
con representantes del sector artístico y cultural organizado a través de las
asociaciones existentes e incluir en todo caso a la Mesa Sectorial MSACC.
●
Que se tenga en cuenta la singularidad de la actividad creativa y la
individualidad de numerosos agentes culturales, evitando la consideración
de la creación como una actividad económica productiva, pues no todo el
sector tiene carácter empresarial o puede encuadrarse dentro de las
industrias culturales y creativas.
●
●
●
Que en futuras ocasiones se cuente con el sector para asesorar y participar
en la redacción de las bases de convocatorias orientadas a la promoción de
aspectos que redunden en un mayor bienestar de la sociedad canaria,
teniendo presente que la cultura no solo contribuye a dicho bienestar, sino
que el acceso al arte y a la cultura es un derecho ciudadano que debemos
garantizar.
Que se use el lenguaje inclusivo en toda la redacción de las bases, dado
que se utiliza el masculino genérico en todo el texto. Esto hará que el texto
se adecúe a las recomendaciones sobre la comunicación inclusiva y
además transmitirá la idea de que la convocatoria esta abierta y dirigida a
todas las personas en igualdad de condiciones.
Que ese incorpore de forma expresa el criterio de equilibrio entre hombres
y mujeres en la composición del comité de selección, de acuerdo con los
estándares habituales en materia de igualdad en la administración pública
y en las políticas culturales. Esto garantizará la pluralidad de miradas en la
valoración de las propuestas artísticas y evitará sesgos de género.msac.canarias@gmail.com
Confiamos en que esta iniciativa puede suponer una buena oportunidad para los
y las creadoras de Canarias y para la dinamización del comercio local y del entorno
urbano. Sin embargo, consideramos que para que sea realmente equitativa y
respetuosa con la profesionalización del sector y su ecosistema , las condiciones
deben adaptarse al nivel de exigencia técnica, creativa y de responsabilidad que
se pide a las personas participantes.
Agradecemos de antemano su atención a nuestras observaciones y quedamos a
su disposición para colaborar en la mejora de estas bases si así lo consideran
oportuno.
Atentamente,
La Mesa Sectorial del Arte Contemporáneo de Canarias, compuesta por:
Mujeres en las Artes Visuales (MAV)
Marca Púrpura (Asociación de Mujeres Arquitectas)
ArteMisia
Instituto de Arte Contemporáneo Canarias (IACC)
Asociación Islas Canarias de Artistas Visuales (AICAV)