La norma da luz verde al cambio de sexo registral desde los 16 años sin más requisitos que "la libre declaración de la persona sentida". De este modo, se valida la autodeterminación de género, o lo que es lo mismo: que una persona pueda cambiar de nombre y sexo en el DNI sólo con su voluntad.
Además, entre los 14 y 16 años podrá realizarse con el consentimiento paterno y entre los 12 y los 14 con autorización judicial.
La Ley Trans -técnicamente, Ley para la Igualdad Real y Efectiva de las Personas Trans y para la Garantía de los Derechos de las Personas LGTBI- incluye además medidas de carácter laboral, de la salud, educativo o administrativo con “el objetivo de desarrollar y garantizar los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales para asegurar que en España se pueda vivir la orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales y la diversidad familiar con plena libertad”.
RECHAZO FRONTAL DE LAS FEMINISTAS: "ES MISOGINIA"
El texto, no obstante, ha levantado una oleada de críticas desde la oposición y sectores médicos, además del rechazo frontal del movimiento feminista, que considera que la ley “borra a las mujeres” porque atenta contra “la salud de la infancia y sobre los derechos de las mujeres” además de suponer un retroceso en la protección de las mujeres, "al ser incompatible con la ley contra la violencia machista o la ley de igualdad”.