
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a la Televisión Autonómica Valenciana, que tendrá que pagarle una indemnización de
10.000 euros por vulnerar sus derechos al honor y la intimidad.La exclusiva la da el portal
Vanitatis. Los hechos se remontan al 2 de noviembre de 2006 cuando el programa
Matí Matí, del extinto Canal Nou, efectuó unas declaraciones en las que se hacían eco de todo tipo de comentarios. “Que si
es un gigoló al que le gustan las mujeres maduritas, que
si es homosexual, que si quemó a su criada con una plancha...”, según recoge la sentencia.
Ante esto, Rigau solicitó 50.000 euros en concepto de daños morales y que la sentencia se publicara íntegramente en
El Mundo, El País y
ABC así como en los tres telediarios de Canal Nou y en el programa
Matí Matí. Estimada parcialmente la demanda, el Juzgado condenó a la cadena al pago de 1.000 euros y a que se publicara el fallo en un periódico valenciano y en un programa similar al que se vertieron estas informaciones en el que caso de que ese hubiera desaparecido.