La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha decidido inadmitir la solicitud presentada por la empresa Góngora Gutiérrez, que pedía el inicio de una evaluación de impacto ambiental (EIA) ordinaria para su proyecto denominado Modificado y Mejora de la explotación de los recursos de la Sección C) arenas calcáreas para la cantera Arenera de Góngora y Gutiérrez, correspondiente al expediente minero C-36, ubicado en La Oliva, Fuerteventura.
Este rechazo se basa en el hecho de que la documentación presentada ya había sido objeto de un procedimiento previo de evaluación ambiental ordinaria, el cual concluyó con una Declaración de Impacto Ambiental desfavorable. El Tribunal subraya que tanto el lugar donde se llevaría a cabo la actividad como los parámetros ambientales evaluados son prácticamente los mismos que en el proyecto anterior.
Argumentos del tribunal sobre el proyecto
El TSJC destaca que, aunque se ha reducido la superficie afectada por el nuevo proyecto —de 801.700 m² a 118.889 m²—, esta sigue dentro del perímetro del proyecto original y afecta a los mismos parámetros ambientales que motivaron el rechazo inicial. Además, las reservas explotables y la producción anual estimada permanecen casi inalteradas, al igual que la fase operativa proyectada, que se extendería durante aproximadamente 30 años.
La Sección Segunda del TSJC también hace referencia al artículo 39.4 de la Ley 21/2013, que permite inadmitir solicitudes cuando ya se haya dictado una declaración desfavorable en un proyecto similar. En este caso, recuerda que el acuerdo impugnado fue resultado de una evaluación previa realizada en 2019, que concluyó negativamente.
Impacto ambiental y protección del hábitat
El tribunal enfatiza que, aunque el área afectada ha disminuido, las características fundamentales del proyecto siguen siendo las mismas. La actividad propuesta está situada sobre suelo rústico con valor natural significativo, en una Zona de Especial Protección (ZEP) para aves conocida como Lajares, Esquinzo y Costa del Jarubio. Esta zona es prioritaria para aves y forma parte integral de una Isla declarada Reserva de la Biosfera.
A pesar de la reducción en la superficie solicitada para extracción, el nuevo proyecto no cuenta con informes favorables del Cabildo Insular ni del Consejo de la Reserva de la Biosfera respecto a su impacto sobre especies protegidas como la hubara. De hecho, se señala que una de las causas del declive poblacional de esta ave en Fuerteventura es precisamente la extracción de arenas.
Conclusiones del Tribunal
El TSJC concluye que ambos proyectos son sustancialmente análogos; a pesar de proponer una menor superficie a explotar, el nuevo plan no introduce modificaciones significativas en términos ambientales respecto al anterior. El método y duración estimados son similares, así como la producción anual proyectada.
En definitiva, el Tribunal reafirma que “sustancialmente sigue siendo el mismo proyecto”, manteniendo su naturaleza y ubicación original sin incorporar cambios relevantes que alteren los efectos ambientales previamente evaluados.