La Audiencia Nacional ha abierto una investigación para esclarecer si el apagón eléctrico que afectó a toda España fue un acto de sabotaje informático. El juez José Luis Calama considera que el incidente, que dejó sin suministro el 60 por ciento de la energía durante varios segundos, podría encajar en un delito de terrorismo si se confirma un origen deliberado.
La Audiencia Nacional ha abierto una investigación para aclarar si el apagón eléctrico que afectó este lunes a toda España fue provocado por un sabotaje informático. El juez José Luis Calama, titular del Juzgado Central de Instrucción número 4, ha acordado incoar diligencias al considerar que los hechos podrían encajar en un delito de terrorismo, según el artículo 573 del Código Penal.
El magistrado ve necesario determinar si el incidente fue consecuencia de un ciberataque. Por ello, ha solicitado dos informes urgentes: uno al Centro Criptológico Nacional y otro a Red Eléctrica Corporación SA. Ambas entidades disponen de un plazo máximo de diez días para explicar las causas del apagón. También ha pedido a la Jefatura de Información de la Policía que emita un informe preliminar en el mismo plazo.
El corte de suministro se produjo el lunes alrededor de las 12:30 del mediodía. Según el auto judicial, afectó a sistemas informáticos de infraestructuras esenciales, como las que garantizan los servicios de salud, energía, transporte o industria. El juez advierte de que se trató de “una situación crítica para el bienestar y el sentimiento de seguridad de todos los ciudadanos”.
El Gobierno ha informado de que, durante cinco segundos, se perdieron de forma súbita 15 gigavatios de energía, lo que equivale al 60 por ciento del consumo eléctrico en ese momento. Un suceso sin precedentes, según recoge el juez en base a los datos oficiales.
EL SABOTAJE INFORMÁTICO: UNA HIPÓTESIS A TENER EN CUENTA
Aunque todavía no se conocen las causas, Calama subraya que el sabotaje informático o el ciberterrorismo es una hipótesis a tener en cuenta. Por eso considera necesario abrir diligencias para esclarecer si el apagón fue un ataque dirigido a desestabilizar los servicios esenciales.
El magistrado recuerda que, según el Código Penal y la legislación europea, los delitos informáticos pueden ser considerados terrorismo si buscan alterar gravemente el orden constitucional o paralizar infraestructuras clave.
En su resolución, analiza el marco legal sobre protección de infraestructuras críticas y lucha contra el ciberterrorismo. En caso de que se confirme un origen intencionado y con las finalidades recogidas en la ley, los hechos podrían encajar en el artículo 573.2 del Código Penal.