El tribunal confirma la pena de un año y seis meses de prisión y la demolición de las terrazas, el kiosco, la caseta del montacargas (o güinche) de la playa, y la estructura acristalada construidas ilegalmente en El Bollullo.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha desestimado íntegramente el recurso de apelación presentado por el promotor del restaurante El Bolullo, D. Luis Francisco Arocha García y su mercantil MERCAFRUVE S.L.U., confirmando así la sentencia que le condena como autor de un delito contra la ordenación del territorio en el espacio natural protegido de El Rincón.
La resolución judicial, fechada el 6 de abril de 2026, ratifica la pena impuesta en primera instancia: un año y seis meses de prisión, multa de 12 meses a razón de 20 euros diarios, inhabilitación especial para profesión u oficio relacionado con la construcción hostelera por un año, y la obligación de restaurar el equilibrio ecológico perturbado. Ello implicará la demolición de las construcciones ilegales, que incluyen dos terrazas pavimentadas de 15x40 metros, una estructura acristalada de 10x15 metros, un kiosco-barra de 4x4 metros y una caseta para montacargas o güinche de la playa, además de pagar las costas del procedimiento judicial.
Los hechos declarados probados señalan que, entre enero de 2018 y marzo de 2021, el acusado ejecutó estas obras en zona de servidumbre de protección del Dominio Público Marítimo-Terrestre y sobre suelo rústico de litoral y costero, sin contar con licencia urbanística ni con la preceptiva autorización de la Viceconsejería de Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, vulnerando la Ley de Costas (Ley 22/1988) y el Plan Especial de El Rincón.
La Audiencia Provincial ha rechazado todos los motivos de impugnación planteados por la defensa, incluidas las alegaciones sobre indefensión, error en la valoración de la prueba, vulneración de la presunción de inocencia y error de prohibición. El tribunal subraya que el promotor actuó con pleno conocimiento de la ilegalidad, pues existían numerosos informes técnicos municipales y autonómicos que advertían de que las construcciones no eran autorizables al hallarse en una zona de servidumbre de protección de costas y sobre una edificación previamente declarada ilegal.
Pese a la contundencia de la sentencia, la Coordinadora El Rincón – Ecologistas en Acción advierte que el promotor continúa desarrollando actividades ilegales en el mismo enclave. Así, se ha podido comprobar que en la actualidad se sigue explotando una vivienda vacacional en el lugar, perfectamente identificable en portales de alquiler turístico, una actividad prohibida en estos suelos rústicos protegidos. Igualmente, sigue bajo sospecha el denominado chiringuito de la playa, cuya reforma y ampliación fueron denunciadas desde un primer momento: se modificó la estructura ampliando su volumen y se cambió la actividad original para convertirlo en un restaurante, todo ello ejecutado en zona de tránsito y servidumbre del dominio público marítimo-terrestre. Si bien el Ayuntamiento de La Orotava le concedió licencia para estas obras, en el expediente y en el procedimiento judicial quedó expuesto de manera clara y manifiesta que dichas actuaciones fueron contrarias a lo dispuesto en la Ley de Costas y que esa licencia nunca debió ser otorgada. Por ello, desde esta asociación se solicitará su revisión y nulidad por la vía contencioso-administrativa.
La sentencia destaca que “el encausado ejecutó obras una y otra vez sin solicitar las preceptivas autorizaciones administrativas, instando posteriormente expedientes para promover la supuesta legalización de lo ya ejecutado”, y concluye que “cualquier persona es necesariamente conocedora de la necesidad de obtener autorizaciones para construir en zona de protección de costas”, por lo que no cabe alegar desconocimiento de la ilegalidad.
Contra esta resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, si bien la ratificación de la condena supone un respaldo judicial contundente a la legalidad urbanística y ambiental de El Rincón, un espacio protegido por la Ley 5/1992, que lo declaró de interés autonómico por su valor paisajístico.
Desde la Coordinadora El Rincón – Ecologistas en Acción, que ejerció la acusación popular en este procedimiento, se valora muy positivamente esta ratificación. Los hechos se llevan denunciando desde el año 2018, y se confía en que esta sentencia definitiva sirva para restaurar el equilibrio ecológico de la playa del Bollullo y para frenar cualquier intento especulativo que pretenda seguir destruyendo nuestro patrimonio natural y agrario.