SOCIEDAD

Los accidentes con ciclistas comportarán mayores penas

Hoy entra en vigor la nueva normativa

José Luis Crispín | Jueves 15 de septiembre de 2022

La indefensión de los ciclistas en las carreteras urbanas e interurbanas está saliendo muy caro a un colectivo que constata que entre 2018 y 2021 fallecieron en estas vías 236 ciclistas, sin contar con los que quedaron con graves secuelas físicas y psicológicas de por vida. Los ciclistas no solo denuncian la falta de espacios seguros para la práctica de esta actividad sino, lo que es peor, la indefensión jurídica a la que se ven sometidos dadas las leves penas que se imponen a los causantes de los accidentes de tráfico. Ahora, la nueva Ley Ciclista que entra en vigor hoy jueves, incrementa la protección jurídica de las víctimas, especialmente ciclistas y peatones



Tráfico no ha ocultado su inquietud por la alta siniestralidad de ciclistas en las carreteras. Por ello, la última Ley de Tráfico y Seguridad Vila que entró en vigor el pasado mes de marzo establece un conjunto de medidas destinadas a proteger a los ciclistas en vías urbanas e interubanas.

No obstante, faltaba una pata para que la seguridad de los ciclistas fuese completa y esta pata era la inseguridad jurídica que padecía el ciclista cuando era víctima de una imprudencia circulatoria con resultado de muerte o grave lesión.

Hasta la fecha, cuando sucedía un accidente de tráfico, los ciclistas solían encontrarse desprotegidos jurídicamente y muchas de las causas se archivaban al considerar los tribunales como falta leve, lo que implicaba que el accidente no se tramitaba por la vía penal.

El Senado acaba de dar un vuelco a esta situación y ha dado el visto bueno para que la nueva Ley de Ciclista sea una realidad a partir de este jueves.

¿Qué contempla esta nueva Ley Ciclista? Algo tan fundamental como la protección jurídica del ciclista ante un accidente de tráfico protegiendo a la víctima y actuando penalmente ante las imprudencias.

CONCEPTO DE IMPRUDENCIA GRAVE

La gran novedad de esta nueva ley es que la misma modifica el denominado concepto de imprudencia grave, es decir, que el accidente, sea por muerte o lesiones, podrá ser perseguido de oficio y serán los jueces los que inicien el procedimiento, aunque éste no sea solicitado por la víctima.

Además, los fiscales también podrán impulsar este tipo de procedimientos penales. La nueva normativa también elimina que un juez, por su propio albedrio, archive las diligencias sin una mínima instrucción.

La reforma modifica el Código Penal y establece que "si el homicidio se hubiera cometido utilizando un vehículo a motor o un ciclomotor, se impondrá también la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres a dieciocho meses".

La nueva norma reduce la pena de multa a uno o dos meses en caso de provocarse por imprudencia menos grave lesiones que necesitan tratamiento médico o quirúrgico que no son invalidantes, pero sí relevantes, para que no sea necesario la asistencia de abogado.

En relación con los casos en que se produce un resultado de muerte, se elimina la exigencia de denuncia de la persona agraviada o de su representante legal, de modo que la autoridad judicial pueda proceder a investigar los hechos directamente.

Con ello, la nueva Ley Ciclista incrementa la protección al ciclista y reduce la indefensión jurídica a la que hasta ahora estaba sometido sin aplicar penalmente las penas derivadas de un accidente de tráfico.

NUEVA LEY DE TRÁFICO PARA LOS CICLISTAS

La nueva de Tráfico y Seguridad Vial que entró en vigor en marzo de este año, contempla algunos apartados que afectan a los ciclistas. Las modificaciones más significativas hacen referencia a los adelantamientos y a la prohibición de estacionar en puntos estratégicos que puedan afectar la visibilidad o el buen conducir del ciclista.

En este punto, la DGT insta a los conductores a que si han de adelantar una bicicleta o un grupo de ellas, debe hacerlo ocupando la totalidad del carril contíguo y guardando una anchura de seguridad de 1,5 metros.

Además, insiste la DGT, se prohíbe parar o estacionar en los carriles bici, curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento exclusivas y otros.

Los ciclistas, por su parte, también esán obligados a cumplir con la normativa como utilizar casco protector, no utilizar el teléfono móvil, prohibición de circular por autopistas y autovías y, por supuesto, no circular por las aceras.

TEMAS RELACIONADOS:


Noticias relacionadas